¿Cuáles son las consecuencias penales del maltrato animal?

 

 

Muchos habréis oído y visto noticias sobre abandono de mascotas o incluso con la época que nos toca vivir de la pandemia, habréis oído o visto que los casos de abandono han crecido en los últimos meses. Pues bien, este acto tiene consecuencias legales, principalmente económicas, para sus dueños.

Desde Veterland, como profesionales veterinarios y amantes de los animales, queremos informar acerca de la legislación vigente en España en relación con este tema.

España es un país miembro de la Unión Europea y está sujeto al cumplimiento de la normativa comunitaria y vinculado por ella, por ello nuestra legislación sanciona tanto el maltrato animal como el abandono del mismo penal y administrativamente.

 

 

En el Código Penal actual se encuentran tipificados los delitos de maltrato animal y el abandono animal. El Derecho Penal sanciona el maltrato con penas pecuniarias, con penas privativas de libertad con hasta un año y con la pena accesoria de inhabilitación especial de uno a tres años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales.

En el caso de abandono de animales, tal como se indica en el Código Penal, todo el que abandone a un animal en condiciones en que pueda peligrar su vida o integridad será castigado con una pena de multa de 1 a 6 meses. El juez puede igualmente imponer pena de inhabilitación especial de 3 meses a 1 año para el ejercicio que cualquier tipo de profesión, oficio o comercio que pueda tener relación con animales o tenencia de animales.

 

 ¿Cuáles son las sanciones administrativas por abandonar a un animal?

 

 

La sanción administrativa por abandono de animales está regulada en todas las comunidades autónomas. Todas ellas regulan la protección y derechos de los animales y todas aquellas conductas que tengan que ver con el respeto y la tenencia responsable de animales.

Actualmente nos encontramos con tantas legislaciones de protección animal como comunidades autónomas tiene España. Esta diversidad geográfica también se traduce en diferentes grados de protección; no todas ofrecen las mismas garantías al depender de cada comunidad autónoma para ejercerlas.

Las leyes autonómicas actuales ofrecen un articulado catálogo de infracciones junto a sus respectivas sanciones administrativas, siendo en todo caso una herramienta muy útil para perseguir a los maltratadores. Las sanciones económicas que llevan aparejadas son muy cuantiosas, muchísimo más que si el hecho se persigue por la vía penal.

Por ejemplo, la ley 6/2017 del 8 de Noviembre, sobre protección y defensa de los animales de compañía den la Región de Murcia, considera el abandono animal como una infracción muy grave y sancionable hasta con 30.000 euros de multa.

Otro ejemplo de lo mencionado anteriormente por comunidades autónomas es el caso de la Comunidad de Madrid; en su Ley 4/2016 del 22 de Julio califica el abandono animal como infracción muy grave cuya sanción administrativa puede llegar a alcanzar los 45.000 euros.

O Cataluña, con el Decreto Legislativo 2/2008 del 15 de Abril por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de protección de los animales; considera como infracción grave, si no se le ha puesto en riesgo al animal por el abandono, en cuyo caso la sanción puede llegar a ser de hasta de 2.000 euros o infracción muy grave si se le puede causar con ello daños graves al animal, en cuyo caso la sanción máxima puede llegar a ser de hasta de 20.000 euros.

Cuando las personas o las autoridades se encuentran un animal abandonado y el hecho es denunciado, el ayuntamiento o la consejería tratará de localizar al dueño mediante el chip correspondiente. Posteriormente, se dará traslado y se le da un plazo para que proceda a recoger al animal.

Una vez transcurrido el plazo, si el propietario/os no acuden a recoger al animal, se considera como abandonado y se le envía a los centros oficiales.

A partir de ese momento, se abrirá un expediente sancionador contra el propietario por abandono, imponiéndole la sanción según la comunidad autónoma en la que se haya producido el delito o que la propia entidad local considere oportuna.

 

 

Desde Veterland sabemos que ninguno de nuestros clientes es capaz de algo semejante, pero siempre es importante aportar conocimientos sobre un tema tan importante como éste.

Si en alguna ocasión somos testigos de un caso de abandono o maltrato, debemos denunciarlo para que la ley recaiga sobre la persona que ha cometido el delito.

 

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